La moneda virtual, también conocida como criptomoneda o moneda digital, es un medio de intercambio en línea. Bitcoin es quizás la moneda virtual más conocida, pero ahora hay más de 2,200 monedas que se negocian públicamente. De acuerdo a MonedaMercadoCap, a partir del 22 de octubre de 2019, la capitalización global total de la criptomoneda superó los $ 223 mil millones. La moneda virtual se está utilizando para la inversión y es aceptada como pago por bienes y servicios por un número creciente de empresas. Desde una perspectiva fiscal, están surgiendo las reglas para la tributación de la moneda virtual.
Visión general
En 2014, el IRS dictaminó (Aviso 2014-21) que la moneda virtual es propiedad, no moneda, y se grava como tal. Por ejemplo, Bitcoin se puede intercambiar digitalmente entre usuarios y se puede comprar o intercambiar en dólares estadounidenses, euros y otras monedas reales o virtuales. Para propósitos de impuestos de EE. UU., Las transacciones que usan moneda virtual deben informarse en dólares estadounidenses. Los contribuyentes deben determinar el valor justo de mercado de la moneda virtual en dólares estadounidenses a partir de la fecha de pago o recibo. Si una moneda virtual aparece en un intercambio y el tipo de cambio se establece por la oferta y la demanda del mercado, el valor justo de mercado de la moneda virtual se determina al convertir la moneda virtual en dólares estadounidenses (o en otra moneda real que a su vez puede ser convertido a dólares estadounidenses) al tipo de cambio, de una manera razonable que se aplique de manera consistente.
Si hay una venta o intercambio de moneda virtual, la ganancia o pérdida está determinada por este valor justo de mercado. Si se utiliza la moneda virtual para pagar a un contratista independiente por el trabajo realizado, esta persona informa los ingresos en función del valor justo de mercado de la moneda virtual y debe tener esto en cuenta a efectos del impuesto sobre el trabajo por cuenta propia. La empresa que realiza dicho pago debe informarlo en el Formulario 1099-MISC (Formulario 1099-NEC para pagos que comiencen en 2020) si los pagos al contratista independiente para el año son de $ 600 o más.
Ciertas transacciones específicas
El IRS ha aclarado el tratamiento fiscal para ciertas transacciones específicas que involucran moneda virtual (Rev.Rul.2019-24) y ha Preguntas frecuentes publicadas sobre el tema. Existe una terminología especial para estas transacciones.
Horquilla dura. UNA tenedor duro ocurre en la creación de una nueva criptomoneda en un nuevo libro mayor distribuido (una tecnología para registrar, compartir y sincronizar transacciones) además de la criptomoneda heredada en el libro mayor distribuido heredado. En términos simples, existe un desvío permanente del libro mayor distribuido heredado. El IRS dictaminó que si la criptomoneda pasa por una bifurcación difícil, pero el contribuyente no recibe ninguna criptomoneda nueva, ya sea a través de un lanzamiento aéreo (explicado a continuación) o algún otro tipo de transferencia, no hay ingresos imponibles para informar.
Gota de aire. Un gota de aire es la distribución de unidades de una criptomoneda a las direcciones de contabilidad distribuidas de múltiples contribuyentes. Si una bifurcación dura es seguida por un lanzamiento aéreo y el contribuyente recibe una nueva criptomoneda, el contribuyente tiene ingresos imponibles en el año en que se recibe la criptomoneda.
Tenedor blando. Esto ocurre cuando un libro mayor distribuido sufre un cambio de protocolo que no resulta en un desvío del libro mayor para que no se cree una nueva criptomoneda. Debido a que los tenedores blandos no dan como resultado la recepción de una nueva criptomoneda, el contribuyente está en la misma posición después del tenedor blando que antes y no se obtienen ingresos de la transacción.
Los coleccionables no se pueden guardar en un IRA; se considera que un contribuyente que los adquiere recibe una distribución en el año adquirido. Esto se trata como ingreso ordinario y, si el contribuyente es menor de 59½ años, está sujeto a una multa del 10%. La adquisición también se trata como una transacción prohibida (Código §4975 (c)). Los objetos de colección comunes incluyen obras de arte, gemas y monedas (Código §408 (m) (2)). El IRS no ha aclarado si la moneda virtual es o no coleccionable, aunque existen IRA autodirigidas disponibles para este propósito.
Informe de impuestos
El IRS ha agregado una nueva línea a versión borrador del Anexo 1 del Formulario 1040 o 1040-SR de 2019 que se archivará en 2020. Esta línea, que tiene casillas "sí" o "no" para marcar, dice: "En cualquier momento durante 2019, ¿recibió, vendió, envió e intercambió? o adquiere algún interés financiero en cualquier moneda virtual? ”El propósito de esta nueva línea parece darle al IRS una mejor idea de la prevalencia de las transacciones de criptomonedas. (La línea podría modificarse en la versión final de la declaración de impuestos).
El borrador de instrucciones del Anexo 1 dice que las transacciones reportables incluyen:
- La recepción o transferencia de moneda virtual de forma gratuita (sin proporcionar ninguna consideración), incluso desde un lanzamiento aéreo o después de una bifurcación dura;
- Un intercambio de moneda virtual por bienes o servicios;
- Una venta de moneda virtual; y
- Un intercambio de moneda virtual por otra propiedad, incluso por otra moneda virtual.
La transacción se informa de acuerdo con las normas fiscales habituales relacionadas con la propiedad. Por ejemplo, un contribuyente que vendió moneda virtual mantenida para inversión debe informar la transacción en el Formulario 8949 y el Anexo D (Formulario 1040 o 1040-SR).
Parece que las transacciones en moneda virtual pueden no tener que tenerse en cuenta para los informes FBAR (formulario 114 de FinCEN, Informe de cuentas bancarias y financieras extranjeras), por ahora. Las transacciones en moneda virtual no son específicamente "transacciones reportables". 31 CFR §1010.350 (c). Si la moneda virtual se mantiene en Coinbase, que es una billetera para criptomonedas, las "monedas" están en los Estados Unidos (es decir, no una cuenta financiera extranjera). Pero la cuestión general de informar para fines de FBAR aún no está clara; El IRS no ha emitido una guía formal sobre este asunto.
Cartas del IRS
En 2018, el IRS comenzó un Campaña de cumplimiento de moneda virtual para alentar la presentación de informes de transacciones en moneda virtual y examinar a los contribuyentes que no lo hacen. El verano pasado, el IRS comenzó a enviar cartas a más de 10,000 contribuyentes identificados como que no reportaron transacciones de moneda virtual en los años fiscales 2013 a 2017 (IR-2019-132, 26/07/19). Se enviaron tres tipos de cartas:
- Carta 6173: Esta carta informaba sobre la necesidad de informar las transacciones omitidas de las declaraciones presentadas para estos años. El destinatario debía responder en una fecha establecida, incluida la finalización de una declaración firmada.
- Carta 6174: Esta carta también informaba sobre la necesidad de informar las transacciones, pero no se requería una respuesta directa.
- Carta 6174-A: Esta carta también informa sobre la necesidad de informar las transacciones. Nuevamente, no se requirió respuesta directa.
Independientemente de si un contribuyente recibió o no una carta, se deben informar las transacciones en moneda virtual. En la próxima temporada de impuestos, se espera que los preparadores de declaraciones de impuestos estén más en sintonía con la necesidad de preguntar sobre las transacciones de moneda virtual y reportarlas en consecuencia.
Conclusión
La primera criptomoneda, Bitcoin, se lanzó en 2009. Una década después, todavía existe incertidumbre sobre algunos asuntos fiscales relacionados con la moneda virtual.
Sidney Kess, CPA-abogada, es asesora de Kostelanetz & Fink y consultora senior de Citrin Cooperman & Company.
Descargo de responsabilidad
Toda la información contenida en este sitio web se publica solo con fines de información general y no como un consejo de inversión. Cualquier acción que el lector realice sobre la información que se encuentra en nuestro sitio web es estrictamente bajo su propio riesgo. Nuestra prioridad es brindar información de alta calidad. Nos tomamos nuestro tiempo para identificar, investigar y crear contenido educativo que sea útil para nuestros lectores. Para mantener este estándar y continuar creando contenido de buena calidad. Pero nuestros lectores pueden basarse en su propia investigación.