
La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha decidido revisar los criterios que mantenía desde 2013 sobre la negociación que pueden emprender las empresas cotizadas con acciones propias (autocartera) con la finalidad de implantar un sistema que adapte la normativa europea a criterios restrictivos y encaminado a satisfacer solo programas de recompra y la cobertura de contratos de liquidez.
Así, de acuerdo con una notificación titulada «comunicado de la CNMV dejando sin efecto los criterios sobre operativa discrecional de autocartera de 2013», el organismo supervisor ha reconocido que toda operativa de autocartera entraña un riesgo para la integridad del mercado, lo que hace razonable un enfoque restrictivo en este ámbito.
Por ello, propone a las empresas que vayan a actuar en el mercado con acciones propias que limiten «el régimen de puerto seguro a los dos casos que ofrece el Reglamento: programas de recompra y estabilización y prácticas aceptadas de mercado (contratos de liquidez)».
La decisión ha sido adoptada después de contrastar la normativa de 2013 con las operaciones de mercado con la circular 1/2017 de la CNMV sobre los contratos de liquidez con el Reglamento 596/2014 sobre abuso de mercado (Reglamento Abuso de Mercado ó MAR), que entró en vigor en 2016 y cuyo régimen quedó incorporado completamente al marco normativo español en 2018.
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