“Déjase sin
efecto el límite de $ 4 por cada dólar estadounidense, establecido en el
artículo 2° del Decreto N° 793 del 3 de septiembre de 2018 y sus modificaciones”,
fijó hoy el Boletín Oficial a través del decreto 37/2019.
En el mismo
decreto estableció que “la alícuota del derecho de exportación establecido en
el artículo 1º del Decreto N° 793/18 y sus modificaciones será del 9%”.
De esta
manera, el maíz, el trigo y lo demás productos agropecuarios pasarán a tener
retenciones del 9%, mientras que la de la soja se ubicará en torno al 27%, ya
que al 18% fijo que tributaba a parte de los $4 por dólar, se le deberá sumar
este nuevo porcentaje fijo.
Por otro
lado, en la resolución 196/2019 de Ministerio de Agricultura, Ganadería y
Pesca, suspenderá el 16 de diciembre el registro de Declaraciones Juradas de
Ventas al Exterior (DJVE).
“Suspéndese
por el día 16 de diciembre del corriente año, la registración de las DJVE a la
que se refiere el artículo 2° de la Resolución N° 128/19”, indicó la
resolución.
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